ºÚÝ®ÊÓÆµ podrá asistirlo en el trámite de solicitud para la obtención de una Visa para trabajadores eventuales de cultura, deporte y educación.
El artÃculo 15 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 permite a las empresas contratar a un extranjero que ingrese a ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡ para trabajar en un proyecto de manera temporal por una sola vez para un trabajo técnico, en el ámbito cultural, artÃstico, musical, deportivo, profesional, educativo o cientÃfico, por un lapso no prorrogable de tres (3) meses. La empresa y el extranjero deberán cumplir con los requisitos y responsabilidades que son requeridos por el Servicio Nacional de Migración de ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡, y el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral de ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡.
La empresa solicitante está obligada a cumplir con las disposiciones del ArtÃculo 89 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008 y los requerimientos en ésta regulación.
El solicitante podrá solicitar ésta Visa cuando su estadÃa no sea menor a quince (15) dÃas calendario, para lo cual deberán cumplir con las formalidades exigidas en el artÃculo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008, exceptuando los numerales 2 y 4 y entregar la siguiente documentación:
- Solicitud de Visa de Trabajadores Eventuales de Cultura, Deporte y Educación.
- Tres (3) fotografÃas.
- Copia del documento de identificación del paÃs de origen o el permiso de residencia.
- Realizar el pago por gestión de trámite migratorio por la suma de cien ($100.00) Dólares Americanos a favor del Servicio Nacional de Migración.
- Permiso de Trabajo en Panama.
- Copia del boleto aéreo o ticket electrónico mostrando la fecha de retorno a su paÃs de origen o de residencia.
- Constancia de reservación hotelera o del lugar de alojamiento.
- Paz y Salvo Nacional de los ingresos de la empresa solicitante.
- Paz y Salvo de la Caja del seguro social de la empresa solicitante.
- Carta de responsabilidad de la empresa.
- Prueba de capacidad de pago del Impuesto sobre la Renta correspondiente al valor del contrato de trabajo.
- Depósito de garantÃa emitido por la empresa que contrata a favor del Servicio Nacional de Migración por la suma de doscientos cincuenta (250.00) Dólares Americanos.
Nota: En el caso de solicitar éste tipo de Visa para un grupo de más de diez (10) personas extranjeras, el depósito de garantÃa deberá ser hecho por un monto de Dos mil quinientos ($2,500) Dólares Americanos a favor del Servicio Nacional de Migración.
Para solicitar la Visa de Trabajadores Eventuales de Cultura, Deporte y Educación, cuando la estadÃa de los extranjeros sea menor a quince (15) dÃas calendarios, deberá completar los requisitos mencionados anteriormente y con la formalidad requerida en el ArtÃculo 28 del Decreto Ley No. 3 del 22 de Febrero de 2008, excepto para los numerales 2, 3 y 4.
Si Usted está interesado en reubicarse o inmigracion en Panama, por favor contáctenos y gustosamente le brindaremos una consulta personalizada en las oficinas de PANAMA OFFFSHORE LEGAL SERVICES, y de igual manera le ofreceremos nuestras tarifas por la gestión y trámite para la obtención de una Visa en ±Ê²¹²Ô²¹³¾Ã¡.