{"id":7128,"date":"2016-03-22T00:00:00","date_gmt":"2016-03-22T05:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/relofirm.com\/how_to_obtain_a_panama_canal_birth_and_death_certificate\/"},"modified":"2020-01-16T14:37:26","modified_gmt":"2020-01-16T19:37:26","slug":"como-obetener-un-certificado-de-nacimiento-defuncion","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/www.relofirm.com\/es\/como-obetener-un-certificado-de-nacimiento-defuncion\/","title":{"rendered":"Como Obetener un Certificado de Nacimiento o de Defuncion de Personas Nacidas o Fallecidas en el Area del Canal de Panama"},"content":{"rendered":"
Cualquier persona nacida en la Zona del Canal de Panam\u00e1 durante la Administraci\u00f3n de los Estados Unidos de Norteam\u00e9rica durante el per\u00edodo comprendido entre 1904 y 1999, es considerada un ciudadano Paname\u00f1o.<\/p>\n
Desde que Panam\u00e1 asumi\u00f3 el control de la Zona del Canal de Panam\u00e1 al mediod\u00eda del 31 de Diciembre de 1999, todos los registros relacionados con nacimientos y muertes en la Zona del Canal de Panam\u00e1, durante la Administraci\u00f3n de los Estados Unidos, son almacenados por el Departamento de Estado de los Estados Unidos.<\/p>\n
De acuerdo a lo establecido por el Departamento de Estado de los Estados Unidos, solo las siguientes personas podr\u00e1n solicitar una copia del Certificado de Nacimiento en la Zona del Canal de Panam\u00e1:<\/p>\n
El costo de tal solicitud es de Cincuenta ($50) D\u00f3lares por cada documento de Registro Civil Consular.<\/p>\n
Para obtener una copia del Certificado de Nacimiento emitido en la Zona del Canal de Panam\u00e1, se deber\u00e1n entregar los siguientes documentos:<\/p>\n
1. Solicitud escrita a mano o a m\u00e1quina, debidamente firmada y notariada incluyendo la siguiente informaci\u00f3n:<\/p>\n
2. Copia de un documento de identificaci\u00f3n legal del solicitante (Licencia de Conducir, Pasaporte, C\u00e9dula de Identidad)<\/p>\n
3. Pago de Cincuenta ($50) D\u00f3lares mediante giro postal o cheque a favor del Departamento de Estado, por cada documento solicitado.<\/p>\n
4. Enviar mediante correo o mensajer\u00eda a:<\/p>\n
Departamento de Estado.
\nServicio de Pasaportes.
\nSecci\u00f3n de Registro Civil.
\nOficina 510.
\nCalle 19. NW. 1111
\nWashington DC 20036<\/p>\n
Nota: El Departamento de Estado no se hace responsable por el extrav\u00edo de dinero en el env\u00edo.<\/p>\n
Para obtener una copia de un certificado de defunci\u00f3n emitido en la Zona del Canal de Panam\u00e1, deber\u00e1 consignar los siguientes recaudos:<\/strong><\/em><\/p>\n 1. Una carta de solicitud elaborada a mano o a m\u00e1quina, debidamente firmada y notariada donde se informe lo siguiente:<\/p>\n 2. Copia del documento de identificaci\u00f3n legal del solicitante. Departamento de Estado. Nota: El Departamento no se hace responsable por el extrav\u00edo de dinero durante el env\u00edo.<\/p>\n ENTREGA NOCTURNA<\/strong><\/p>\n Usted podr\u00e1 realizar el env\u00edo mediante un servicio de mensajer\u00eda nocturno. Para ser devuelto por un servicio de correo o mensajer\u00eda, por favor a\u00f1ada un costo adicional de $12.72 D\u00f3lares Americanos con la solicitud o adjunte un sobre pre-pagado usando cualquier servicio de correo.<\/p>\n Comprobaci\u00f3n de Estatus.\u00a0Usted podr\u00e1 solicitar el estatus de su solicitud llamando al 202-955-0307.\u00a0Por favor Cont\u00e1ctenos para cualquier informaci\u00f3n respecto a la reubicaci\u00f3n o tr\u00e1mites de inmigraci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" Cualquier persona nacida en la Zona del Canal de Panam\u00e1 durante la Administraci\u00f3n de los Estados Unidos de Norteam\u00e9rica durante el per\u00edodo comprendido entre 1904 y 1999, es considerada un ciudadano Paname\u00f1o. Desde que Panam\u00e1 asumi\u00f3 el control de la Zona del Canal de Panam\u00e1 al mediod\u00eda del 31 de Diciembre de 1999, todos los […]<\/p>\n","protected":false},"author":7,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","template":"","meta":{"_et_pb_use_builder":"","_et_pb_old_content":"","_et_gb_content_width":"","inline_featured_image":false},"yoast_head":"\n\n
\n3. Pago de Cincuenta ($50) D\u00f3lares mediante el env\u00edo de giro postal o cheque a favor del Departamento de Estado.
\n4. Enviar por correo o mensajer\u00eda a:<\/p>\n
\nServicio de Pasaportes.
\nSecci\u00f3n de Registro Civil.
\nOficina 510.
\nCalle 19. 1111 NW
\nWashington, DC 20036<\/p>\n